Las libertades que hemos comentado (libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales) pueden tener dimensión extracomunitaria. Es decir, también hay casos de países de fuera la Unión Europea.
- Tratado del Espacio Económico Europeo (EEE)
El Tratado del Espacio Económico Europeo se lo aplicamos a Noruega, Liechtenstein e Islandia principalmente (Suiza tiene su propia red de tratados, por eso tenemos la referencia posterior a acuerdos con terceros países). Este tratado tiene la peculiaridad que tiene las mismas libertades que el Tratado de la Unión: tiene libre circulación de trabajadores, libre circulación de capitales y tiene prestación de servicios.
Lo que ocurre es que aquí quien va a decidir es el Tribunal de la EFTA.
- Acuerdos con terceros países
También hay acuerdos con terceros países, que pueden tener libertades parecidas a las que tenemos en el Tratado de la Unión, pero no iguales o idénticas. Caso de Suiza, Turquía o Canadá.
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- Derecho Tributario de la Unión Europea
+ Derecho Tributario de la UE (I): libre circulación de mercancías
+ Derecho Tributario de la UE (II): libre circulación de personas, servicios y capitales
+ Derecho Tributario de la UE (IV): disposiciones del TFUE con efectos en impuestos directos
+ Derecho Tributario de la UE (V): ayudas de Estado (aspectos tributarios)
+ Derecho Tributario de la UE (VI): armonización de la imposición indirecta
+ Derecho Tributario de la UE (VII): armonización de la imposición directa
+ Derecho Tributario de la UE (VIII): aplicación y aspectos procedimentales
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Apuntes de Derecho Tributario de la Unión Europea recopilados por Javier García de Tiedra González, basados en las lecciones magistrales del Catedrático de Derecho Financiero y Tributario Adolfo Martín Jiménez (Universidad de Cádiz).