jueves, 28 de mayo de 2015

Métodos de determinación de la base imponible del tributo (II): estimación objetiva

Vamos a analizar, en esta la segunda entrega de la serie dedicada a los métodos de determinación de bases imponibles de los tributos, el segundo de los métodos, a saber: el método de estimación objetiva. 


- El método de estimación objetiva: regulación legal


+ Artículo 52 de la Ley General Tributaria


El método de estimación objetiva de la base imponible de los tributos lo encontramos en el artículo 52 de la Ley General Tributaria, que nos dice lo siguiente:

"El método de estimación objetiva podrá utilizarse para la determinación de la base imponible mediante la aplicación de las magnitudes, índices, módulos o datos previstos en la normativa propia de cada tributo".

Estimacion objetiva y asesoria fiscal

- Notas características del método de estimación objetiva de bases imponibles


+ Voluntariedad y previsión expresa en la Ley de cada tributo


Va a caracterizar al método de estimación objetiva en primer lugar su carácter opcional o voluntario.

Asimismo, y en segundo lugar, la estimación objetiva será alternativa a la estimación directa cuando así se prevea expresamente en la Ley propia de cada tributo.

Estimacion objetiva e impuestos

- Supuesto principal: IRPF


El supuesto principal para con el método de estimación objetiva va a ser el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). En este caso, este método se aplica para calcular la base imponible de empresas que no sobrepasen los topes cuantitativos establecidos en la normativa del impuesto (en términos generales, podríamos decir que es de aplicación a la pequeña y mediana empresa).

Como hemos comentado en lo referente a las notas características de este método, el mismo es opcional, por lo que las empresas que estén por debajo de los topes cuantitativos establecidos, y que por tanto podrían acogerse al mismo, podrán decidir voluntariamente: en caso de negativa, se les calculará su rendimiento conforme al régimen de estimación directa (y ello durante los tres años siguientes a dicha renuncia).

+ Contenido del método de estimación objetiva para con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas


La estimación objetiva en este supuesto calcula los rendimientos aplicando unos índices o módulos (de ahí que a este método se le conozca comúnmente como "tributación por módulos") en los términos que cada año establece una Orden del Ministerio de Hacienda. Estos módulos se expresan en unidades físicas, a las que se les imputará un determinado rendimiento.

IRPF y estimacion objetiva

- La estimación objetiva: cálculo del rendimiento medio


Con la estimación objetiva, a diferencia de lo que sucede con el método de estimación directa, no vamos a calcular el rendimiento neto real de cada sujeto (ingresos reales menos gastos efectivos) sino que la aplicación de módulos supone el cálculo del rendimiento medio presunto.

Tributos y estimacion objetiva

- Las obligaciones formales en la estimación objetiva frente a la estimación directa


Las obligaciones formales, si nos acogemos al método de estimación objetiva, van a ser menos estrictas que las propias de la estimación directa, aunque no significa que desaparezcan: tendremos la obligación de conservar facturas y la llevanza de registros, pero adecuados a este régimen y sus características.

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- Métodos de determinación de la base imponible del tributo


+ Métodos de determinación de la base imponible del tributo (I): estimación directa

+ Métodos de determinación de la base imponible del tributo (III): estimación indirecta

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Por Javier García de Tiedra González, Graduado en Derecho por la Universidad de Cádiz.

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Fuente:
Derecho Financiero y Tributario. Parte general | Fernando Pérez Royo, páginas 209 - 210.