No hay fuentes específicas o exclusivas del Derecho Financiero, sin embargo, sí hay ciertas fuentes que operan aquí de una forma muy peculiar, y difícilmente se pueden encontrar situaciones similares en otras parcelas del Derecho (en el Derecho Financiero algunas fuentes plantean problemas que no se plantean en otras parcelas del Derecho).
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La doctrina del Tribunal Constitucional es amplia en el campo del Derecho Financiero. |
- La Constitución y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, fundamentales
La Constitución y todo el bloque de la Constitución como la jurisprudencia del Tribunal Constitucional es fundamental. Es un campo, además, donde la doctrina del Tribunal Constitucional es muy amplia.
- Dos parcelas: Derecho tributario y Derecho presupuestario
Tenemos que distinguir dos parcelas: el Derecho tributario y el Derecho presupuestario (que regula los gastos).
+ Ley General Tributaria y Ley General Presupuestaria
El sistema de fuentes del Derecho financiero vendría enunciado en el artículo 7 de la Ley General Tributaria mientras que el sistema de fuentes del Derecho presupuestario lo encontramos enunciado en el artículo 4 de la Ley General Presupuestaria.
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Fuente:
Apuntes de Derecho Financiero y Tributario recopilados por Javier García de Tiedra González, basados en las lecciones magistrales del profesor Javier Tinoco Domínguez (Universidad de Cádiz).