miércoles, 13 de noviembre de 2013

Diferencias entre tasa y precio público

Tasas y precios públicos son habitualmente objeto de confusión. Vamos a repasar primeramente el concepto de cada una de estas figuras, para ver a continuación las notas características que las diferencian.

Tasa precio publico
Precios públicos son las contraprestaciones recibidas por un Ente público a cambio de la prestación de servicios o actividades administrativas.

- Concepto de tasa y precio público


+ Tasa


Una tasa, como vimos, es un tributo cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público, la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de derecho público, debiendo el mismo referirse, afectar o beneficiar al obligado tributario.

+ Precio público


Los precios públicos, por otro lado, son las contraprestaciones recibidas por un Ente público como consecuencia de la prestación de servicios o, también, de actividades administrativas. Debe ser la solicitud o recepción voluntaria.

Tasa y Derecho Tributario

- Dos notas características que diferencian la tasa del precio público


+ La tasa es una obligación ex lege, no encontrándose su causa en un contrato, al contrario de lo que sucede en los precios públicos.

+ La tasa es un ingreso característicamente público, o de Derecho público, concurriendo en la misma las características de los ingresos tributarios, mientras que en el precio público no concurre la nota de coactividad que sí encontramos en los tributos. Además el precio público no está sujeto al principio de reserva de ley, aunque pueden exigirse mediante el procedimiento administrativo de apremio.

----------

Por Javier García de Tiedra González, Graduado en Derecho por la Universidad de Cádiz.

----------

Juan Martín Queralt, Carmelo Lozano Serrano, José M. Tejerizo López y Gabriel Casado Ollero, "Curso de Derecho Financiero y Tributario", págs. 82 - 83.