Vamos a ver en esta entrada las diferentes obligaciones del banco para con el depósito en cuenta corriente.
Es obligación del banco, en el contrato de depósito en cuenta corriente, la verificación de la firma en las órdenes de pago. |
- Verificación del cliente a través de documentos oficiales antes de la apertura de cuenta corriente bancaria
En el momento de la apertura, el banco tiene que verificar la identidad del cliente a través de documentos oficiales. Si se trata de una persona jurídica, hay que identificar a la persona que interviene y comprobar su capacidad y también la personalidad jurídica de la sociedad.
- Obligación de gestión material y directa de la cuenta corriente por parte del banco
El banco asume la obligación de gestión material y directa de la cuenta, lo que implica el deber de dar cumplimiento a las ordenes del cliente (ofrecer el servicio de caja) siempre que sean las normales de la actividad bancaria; pago de recibos, ingreso de efectivo, pago de cheques, domiciliación de salarios, etc.
- Obligación de verificar la firma en las órdenes de pago
Tiene también la obligación de verificar la firma en las órdenes de pago, por ejemplo en los cheques, y aquí rige la responsabilidad por riesgo profesional. Si el pago paga sin verificar debidamente, será responsable e incumbe al banco la prueba de su total diligencia, o la culpa exclusiva del cliente.
- Información periódica al cliente sobre la cuenta
Otra de las obligaciones del banco es la de informar periódicamente al cliente, de la marcha de la cuenta corriente bancaria, siempre que el cliente lo desee. Si el cliente no manifiesta su disconformidad con el saldo, en el tiempo pactado, se presume la aceptación del estado de cuenta, y su liquidación.